Después de la muerte del Presidente Francisco I. Madero, y ante la usurpación de la silla presidencial por el General Victoriano Huerta, el Gobernador del Estado de Coahuila, Don Venustiano Carranza, se lanzó a la lucha armada para restituir el orden constitucional.
El 26 de marzo de 1913 Carranza proclamó el Plan de Guadalupe, en el que desconoció al gobierno del General Huerta, además dio nombre a las fuerzas armadas que organizó denominándolas Ejército Constitucionalista, del que se designó como Primer Jefe.
Este documento es la base para la creación del actual Ejército Mexicano y representa la defensa de las instituciones legalmente constituidas.
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Registro digital: 281108
Instancia: Pleno
Quinta Época
Materias(s): Constitucional
Fuente: Semanario Judicial de la Federación. Tomo XXIII, página 946
Tipo: Aislada
PERIODO PRECONSTITUCIONAL.
De acuerdo con la jurisprudencia de la Corte, las leyes expedidas durante el período preconstitucional, tienen fuerza legal y deben ser obedecidas, en tanto que no pugnen con la Constitución General vigente, o no hubieren sido expresamente derogadas; y aplicando este criterio, debe declararse que la ley de 11 de julio de mil novecientos dieciséis, expedida por el primer jefe del Ejército Constitucionalista, no es legítima por origen, ni tampoco anticonstitucional, puesto que lo mismo que la Constitución, reconoce como base el Plan de Guadalupe, modificado por el decreto de 12 de diciembre de 1914.
Amparo civil directo 1079/20. Pineda Rutilio. 21 de agosto de 1928. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.