LA CUSTODIA.

LA GUARDA Y CUSTODIA.

En los problemas familiares surgen infinidad de cuestiones entre las que se encuentran los relacionados a la custodia de los hijos.

Unos padres luchan por tener la custodia. Otros simplemente los dejan en manos del otro conyuge y abandonan sus deberes como padres.




Por si fuera poco, en algunos casos los hijos se convierten en el objeto de una controversia. La lucha por los hijos se hace irracional. No importa el bienestar el hijo, sino ganar el juicio de custodia como sea.

La sustracción o retención de menores es un delito muy común en México. Algunos padres mencionan: ” Me lo va a quitar ” y le impiden al otro gozar de la convivencia.

Algunos padres se han confiando de dar en convivencia y el otro simplemente se esconde con el menor. La lentitud de los tribunales denega la justicia familiar.

Al final de cuentas, se termina en un lento JUICIO DE CUSTODIA. Demanda, contestación, pruebas, peritajes de psicología y trabajo social, declaración de menor, sentencias, apelacion, amparos, etc.

Expectativas insatisfechas de alguno de los padres y violaciones al derecho de convivencia es la nota distintiva.

EN UN JUICIO FAMILIAR, NADIE GANA. SOLO PIERDE Y SUFRE TODA LA FAMILIA.





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CASO RELEVANTE EN DERECHO INTERNACIONAL SOBRE CUSTODIA DEL ESTADO. (DERECHO ALEMAN).

El caso se originó en una demanda (Núm. 18925/15) contra la República Federal de Alemania presentada ante el Tribunal de conformidad con el artículo 34 del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales (“la Convención”) por dos ciudadanos alemanes, Sr. Dirk Wunderlich y Sra. Petra Wunderlich (“los demandantes”), el 16 de abril del 2015.
Los demandantes alegaron que las autoridades alemanas habían violado sus derechos en virtud del artículo 8 del Convenio, al restringir el ejercicio de la autoridad parental y transferirla parcialmente a la oficina de la juventud,incluyendo el derecho a determinar el lugar de residenciade los niños, quienes, mediante uso de la fuerza, fueron llevados a un centro para el cuidado de menores, hasta por tres semanas.
El Tribunal concluyó que hubo razones “relevantes y suficientes” para restringir el ejercicio de la autoridad paternal a los padres y retirar temporalmente a los niños de su hogar familiar. Las autoridades nacionales lograron un equilibrio proporcional entre el interés superior de los niños y el de los solicitantes, que no quedó fuera del margen de apreciación otorgado a las autoridades nacionales.

Puedes ver la sentencia en el siguiente link pagina 171. Ver aquí



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