PROCEDIMIENTO FISCAL RESPECTO DE CONTRIBUYENTES FANTASMAS.
- El 25 de junio del 2018 emitió el Decreto en el Diario Oficial de la Federación en que se reformo el articulo 69 B del Código Fiscal de la Federación, que determina el procedimiento ante la emisión de facturas falsas o apócrifas.
- Es decir, cuando las autoridades fiscales detecten que un contribuyente ha emitido facturas o comprobantes fiscales sin sustento alguno, o que dichos contribuyentes no se encuentran localizables se presumirá la inexistencia de operaciones amparadas por esas facturas, siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 69 B del Código Fiscal de la Federación.
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