¿CÓMO SE COBRA UN PAGARÉ?

¿Cómo se cobra un pagaré en México? Guía completa para hacerlo de forma rápida y segura

Cobrar un pagaré en México puede parecer complicado, pero en realidad existen procedimientos legales claros y eficientes para recuperar tu dinero. Un pagaré es un título de crédito regulado por la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito (LGTOC) y otorga al acreedor el derecho de exigir el pago directo del adeudo. A continuación, te explico las formas más comunes y efectivas para cobrar un pagaré paso a paso, así como los plazos de prescripción y el juez competente según el monto del adeudo.


1. Cobro directo al deudor

La primera alternativa para cobrar un pagaré es intentar el pago voluntario. Puedes acudir directamente con el deudor y solicitar el cumplimiento del documento.

  • Conserva el pagaré en buen estado, ya que es la prueba principal del adeudo.
  • Evita entregar el pagaré sin recibir el pago total.
  • Si el deudor abonará parcialmente, firma y anota en el reverso los pagos realizados.

Esta vía es rápida y evita gastos de abogados o juicios, pero solo funciona cuando el deudor tiene disposición de pagar.


2. Conciliación o mediación

Si el deudor no paga voluntariamente, puedes citarlo en:

  • La alcaldía o municipalidad,
  • Un centro de mediación o conciliación,
  • O mediante un mediador privado certificado (en los estados donde aplique).

La mediación es una vía económica y suele dar buenos resultados. Además, si ambas partes llegan a un acuerdo, se puede firmar un convenio que tiene fuerza de cosa juzgada, lo que facilita su ejecución futura en caso de incumplimiento.


3. Demanda judicial para cobrar un pagaré

Si las vías amistosas no funcionan, puedes iniciar una demanda judicial. Existen dos procedimientos principales:

Vía ejecutiva mercantil

Es el procedimiento más rápido y eficaz para cobrar un pagaré, ya que este documento trae aparejada ejecución. Esto significa que el juez puede ordenar desde el inicio:

  • El embargo de bienes del deudor,
  • El requerimiento de pago inmediato.

Esta vía aplica cuando el pagaré cumple todos los requisitos legales.

Vía ordinaria mercantil

Se utiliza cuando el pagaré presenta defectos de forma, se prescribió la acción ejecutiva o cuando el deudor desconoce el documento y es necesario un juicio más amplio. Es más tardado que la vía ejecutiva, pero también es una opción viable.


¿Cuánto tiempo tengo para demandar? Plazos de prescripción

En México, la ley establece los siguientes plazos:

  • Acción ejecutiva mercantil: prescribe a los 3 años contados desde la fecha de vencimiento del pagaré.
  • Acción causal u ordinaria: prescribe a los 5 años, aplicable cuando el pagaré no puede demandarse ejecutivamente.

No dejes pasar estos plazos, ya que perderías el derecho legal de exigir el pago.


¿Qué juez es competente para cobrar un pagaré?

Según el monto del adeudo, la demanda puede presentarse ante:

  • Jueces de cuantía menor,
  • Jueces de paz,
  • O jueces de primera instancia,

dependiendo del sistema judicial de cada estado. Elegir el juez competente es fundamental para evitar retrasos o la nulidad del proceso.


Conclusión

Cobrar un pagaré en México es un proceso respaldado por la ley y puede realizarse de manera directa, mediante mediación o a través de una demanda judicial. Lo importante es actuar oportunamente, conservar el documento en buen estado y conocer los plazos legales para evitar la prescripción de la acción.

Si necesitas asesoría para redactar, revisar o demandar un pagaré, puedo ayudarte paso a paso.

EJEMPLO DE DEMANDA. COBRA UN PAGARÉ.

Dejo un ejemplo de demanda ejecutiva mercantil, para el cobro de pagaré.

«ELISEO

VS.

JUICIO EJECUTIVO  MERCANTIL

C. JUEZ  DE ____.

P R E S E N T E

ELISEO, promoviendo por mi propio derecho; mexicano, mayor de edad, señalando como domicilio para oír notificaciones el ubicado en calle Hidalgo s/n, Colonia municipio de , Estado de Morelos;  autorizando para oírlas a los LICS. CESAR y RICARDO : ante usted respetuosamente comparezco para exponer:

                                               Que  vengo a demandar del señor_____, con domicilio en calle , colonia, municipio de , Estado de , las siguientes prestaciones:

            a) El pago de la cantidad de $ ,000.00 ( MIL PESOS, M.N.), por concepto de suerte principal.

            b) El pago de los intereses moratorios al tipo convencional pactados en el cuerpo del documento base de la acción a razón del 5 % mensual desde el vencimiento hasta la total liquidación del adeudo.

            c) El pago de los gastos y costas del juicio.

Me fundamento para mi pretensión, en los siguientes hechos y preceptos legales:

H E C H O S

            I.- El señor , suscribió con fecha veintinueve de julio del dos mil doce, un pagaré a mi favor por la cantidad de $ ,000.00 ( MIL PESOS, M.N.) y se comprometió que en caso de mora pagaría un 5 % de interés mensual hasta la total liquidación del adeudo.

            II.- El demandado se obligó a pagarme la cantidad consignada en el documento base de la acción y señalada en el hecho inmediato anterior, el día veintinueve de octubre del dos mil trece, fecha de vencimiento del pagaré que se anexa como base de la acción.

            III.- A pesar de que el pagaré base de la acción está vencido, el demandado se ha negado sistemáticamente a pagarme la cantidad reclamada más los intereses moratorios, no obstante que he realizado múltiples gestiones extrajudiciales para obtener dicho pago, por lo que me veo en la necesidad de demandar en esta vía y forma, para obtener el pago judicialmente.

                                                           D E R E C H O

Por cuanto al fondo se aplicables los artículos 1, 2, 5, 23, 29, 31, 33, 170, 171, 174 y demás relativos de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.

Rigen el procedimiento los artículos del 1391 al 1414 del Código de Comercio.

P R U E B A S

Ofrezco desde este momento como pruebas de mi parte, las cuales se relacionan con la litis y la controversia, y que acreditan los hechos del I al III de la demanda y la procedencia de las pretensiones hechas valer,  las siguientes:

A)                   La documental privada consistente en pagare por la cantidad de $ ,000.00 ( mil pesos 00/100 M.N.) suscrito por el C. , de fecha de julio del 2012, que acredita la existencia del adeudo y la falta de pago oportuno por parte del deudor, probanza que relaciono con los hechos del I al III de la demanda inicial.

B)                    La CONFESIONAL a cargo del C.  , que deberá absolver el forma personal y no mediante apoderado, al tenor del pliego de posiciones que se exhibirá oportunamente, solicitando se le cite con oportunidad con el apercibimiento que de no hacerlo será declarado confeso de las posiciones calificadas de legales, probanza que acredita la existencia del adeudo y la falta de pago oportuno por parte del deudor, y que relaciono con los hechos del I al III de la demanda inicial.

C)                    La presuncional legal y humana consistente en el enlace lógico, natural y necesario entre la verdad conocida y la verdad por conocer en todo lo que me favorezca,  probanza que acredita la existencia del adeudo y la falta de pago oportuno por parte del deudor, y que relaciono con los hechos del I al III de la demanda inicial.

D)                   La instrumental de las actuaciones consistente en la diligencias, constancias, razonamiento, notificaciones, resoluciones, etc. que obren en el presente juicio y que acrediten la acción ejercitada, probanza que acredita la existencia del adeudo y la falta de pago oportuno por parte del deudor, y que relaciono con los hechos del I al III de la demanda inicial.

Por lo expuesto,

            A USTED C. JUEZ, ATENTAMENTE PIDO SE SIRVA:

            PRIMERO: Tenerme por presentado en la vía y forma propuesta.

            SEGUNDO: Dictar auto de mandamiento en forma para que se requiera al demandado para que haga pago de lo adeudado en el acto de la diligencia, y en caso de no hacerlo se le embarguen bienes suficientes para garantizar el adeudo.

            TERCERO: En el momento procesal oportuno dictar sentencia de remate de los bienes embargados y se me haga pago de la totalidad del adeudo principal y accesorios.

PROTESTO LO NECESARIO

Jiutepec, Morelos a 1 de Noviembre del dos mil dieciseis

ELISEO». Fin de formato.

DESCARGA DE DEMANDA EJECUTIVA MERCANTIL PARA COBRO DE UN PAGARÉ

Si es lo que buscabas puedes descargarlo.


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