FRAUDE O ESTAFA

Existen infinidad de formas en que se puede perpetrar un delito de FRAUDE o ESTAFA.

Principalmente se les divide en: fraude genérico y fraude específico.

En ultimas fechas, podemos establecer una nueva modalidad, como fraude específico: El Fraude Cibernético (CIBERDELITO).

Indice:

A) Fraude por email.

B) Por Instituciones Financieras falsas.

C) Pharming.

D) Robo de identidad

E) Supuesta institución gubernamental.

F) Vishing

G) Phishing.

H) Smishing.

I) Por spam o correo basura.

FRAUDE GENÉRICO.

En los códigos penales en general se le define como:

” El que engañando a uno o aprovechándose del error en que éste se halla se hace ilícitamente de alguna cosa o alcanza un lucro indebido”.

FRAUDE ESPECIFICO.

El fraude especifico determina ciertos tipos penales que acontecen y que tienen determinado contenido, que ocasiona a las victimas un detrimento patrimonial grave:

1.- Al que obtenga dinero, valores o cualquiera otra cosa ofreciendo encargarse de la defensa de un procesado o de un reo, o de la dirección o patrocinio en un asunto civil o administrativo, si no efectúa aquélla o no realiza ésta, sea porque no se haga cargo legalmente de la misma, o porque renuncie o abandone el negocio o la causa sin motivo justificado;

2.- Al que por título oneroso enajene alguna cosa con conocimiento de que no tiene derecho para disponer de ella, o la arriende, hipoteque, empeñe o grave de cualquier otro modo, si ha recibido el precio, el alquiler, la cantidad en que la gravó, parte de ellos o un lucro equivalente;

3.- Al que obtenga de otro una cantidad de dinero o cualquiera otro lucro, otorgándole o endosándole a nombre propio o de otro, un documento nominativo, a la orden o al portador contra una persona supuesta o que el otorgante sabe que no ha de pagarle;

4.- Al que se haga servir alguna cosa o admita un servicio en cualquier establecimiento comercial y no pague el importe;

5.- Al que compre una cosa mueble ofreciendo pagar su precio al contado y rehuse después de recibirla, hacer el pago o devolver la cosa, si el vendedor le exigiere lo primero dentro de quince días de haber recibido la cosa del comprador;

6.- Al que hubiere vendido una cosa mueble y recibido su precio, si no la entrega dentro de los quince días del plazo convenido o no devuelve su importe en el mismo término, en el caso de que se le exija esto último.

7.- Al que vende a dos personas una misma cosa, sea mueble o raíz y recibe el precio de la primera o de la segunda enajenación, de ambas o parte de él, o cualquier otro lucro con perjuicio del primero o del segundo comprador.

8.- Al que valiéndose de la ignorancia o de las malas condiciones económicas de una persona, obtenga de ésta ventajas usuarias por medio de contratos o convenios en los cuales se estipulen réditos o lucros superiores a los usuales en el mercado.

9.- Al que para obtener un lucro indebido, ponga en circulación fichas, tarjetas, planchuelas u otros objetos de cualquier materia como signos convencionales en substitución de la moneda legal;

10.- Al que simulare un contrato, un acto o escrito judicial, con perjuicio de otro o para obtener cualquier beneficio indebido.

11.- Al que por sorteos, rifas, loterías, promesas de venta o por cualquiera otro medio, se quede en todo o en parte con las cantidades recibidas, sin entregar la mercancía u objeto ofrecido.

12.- Al fabricante, empresario, contratista, o constructor de una obra cualquiera, que emplee en la construcción de la misma, materiales en cantidad o calidad inferior a la convenida o mano de obra inferior a la estipulada, siempre que haya recibido el precio o parte de él;

13.- Al vendedor de materiales de construcción o cualquiera especie, que habiendo recibido el precio de los mismos, no los entregare en su totalidad o calidad convenidos;

14.- Al que venda o traspase una negociación sin autorización de los acreedores de ella, o sin que el nuevo adquirente se comprometa a responder de los créditos, siempre que estos últimos resulten insolutos. Cuando la enajenación sea hecha por una persona moral, serán penalmente responsables los que autoricen aquella y los dirigentes, administradores o mandatarios que la efectúen;

15.- Al que explote las preocupaciones, la superstición o la ignorancia del pueblo, por medio de supuesta evocación de espíritus, adivinaciones o curaciones.

16.- Al que valiéndose de la ignorancia o de las malas condiciones económicas de un trabajador a su servicio, le pague cantidades inferiores a las que legalmente le corresponden por las labores que ejecuta o le haga otorgar recibos o comprobantes de pago de cualquier clase que amparen sumas de dinero superiores a las que efectivamente entrega.

17.- Al que habiendo recibido mercancías con subsidio o franquicia para darles un destino determinado, las distrajere de este destino o en cualquier forma desvirtúe los fines perseguidos con el subsidio o la franquicia.

18.- A los intermediarios en operaciones de traslación de dominio de bienes inmuebles o ha de gravámenes reales sobre éstos, que obtengan dinero, títulos o valores por el importe de su precio, a cuenta de él o para constituir ese gravamen, si no los destinaren, en todo o en parte, al objeto de la operación concertada, por su disposición en provecho propio o de otro.

19.- A los constructores o vendedores de edificios en condominio que obtengan dinero, títulos o valores por el importe de su precio o a cuenta de él, si no los destinaren, en todo o en parte, al objeto de la operación concertada por su disposición en provecho propio o de otro. Es aplicable a lo dispuesto en esta fracción, lo determinado en los párrafos segundo a quinto en la fracción anterior

20.- Al que libre un cheque contra una cuenta bancaria, que sea rechazado por la institución o sociedad nacional de crédito correspondiente, en los términos de la legislación aplicable, por no tener el librador cuenta en la institución o sociedad respectiva o por carecer éste de fondos suficientes para el pago. La certificación relativa a la inexistencia de la cuenta o a la falta de fondos suficientes para el pago, deberá realizarse exclusivamente por personal específicamente autorizado para tal efecto por la institución o sociedad nacional de crédito de que se trate.

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FRAUDES CIBERNETICOS.

El perjuicio o daño patrimonial tiene como medio específico primordialmente, los medios electronicos actuales. Te presentamos algunos casos de estafa electronica, para que puedas detectarlos, mas fácilmente:

A) FRAUDE POR EMAIL´S

Muchas personas reciben correos electronicos con ofertas tentadoras o publicitarias.

Sin embargo, no todos los correos electrónicos o email´s publicitarios son fraudulentos.

Puedes identificar algunos rasgos, que indiquen que se trata de un correo electrónico, con fines defraudatorios.

Ofertas o promociones tentadoras, pero temporales.

Te piden datos personales.

El remitente es sospechoso y desconocido para el destinatario.

Algunos textos del mensaje contienen errores.

Te dirigen a una página web sospechosa o insegura.

En ocasiones te piden que descargues una aplicación (app).

Los mensajes tienen carácter de urgentes.

CONSEJOS PARA EVITAR UN FRAUDE ELECTRONICO por email:

Evita enviar o abrir correos en cadena.

Ten cuidado si el remitente es desconocido.

Nunca descargues una app ni entres a una página dudosa o desconocida.

B) FRAUDE POR INSTITUCIONES FINANCIERAS FALSAS.

Algunas personas reciben ofertas de instituciones financieras ofreciendo préstamos, sin garantías y sin revisar el buró de crédito. Créditos atractivos y de tasas de interes baja. Son financieras no registradas.

Su actividad en redes sociales. Solicitan dinero por fianzas y otros gastos administrativos, con la promesa de abrir la “linea de crédito”. De la noche a la mañana desaparecen.

C) PHARMING.

Pharming. Consiste en redirigirte a una página de internet falsa para robar tu información. Suelen mostrar leyendas similares a: ¡Felicidades, eres el visitante un millón, haz clic aquí parare clamar tu premio!

Utilizan grandiosas recompensas, concursos y ofertas para robar información pidiéndola o infectando el equipo.

Aparecen en forma emergente, con ofertas tentadoras. Por medio de un link redirigen a una pagina falsa que le solicita información personas para reclamar el premio.

Implantan un virus que se activa cuando ingresa a sus cuentas bancarias.

Consejos:

NO ABRAS VINCULOS SOSPECHOSOS.

VERIFICA QUE EL SITIO CUENTA CON PROTOCOLO DE SEGURIDAD HTTPS.

NO INGRESES TUS CONTRASEÑAS EN SITIOS AL QUE LLEGASTE POR UN ENLACE.

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D) POR ROBO DE IDENTIDAD.

Los ciberdelincuentes buscan información útil investigándola físicamente, en tu correspondencia olvidada y hasta en la basura de tu casa.

De igual manera, en línea y en las redes sociales. Ya con otra identidad, los ciberdelincuentes solicitan préstamos, a tu cargo.

CONSEJOS

No pierdas de vista tus identificaciones oficiales. Denuncia si las extraviaste o te las robaron.

Proteje tus estados de cuenta, asi como tus tarjetas.

Desconfia de cualquiera que te solicite informacion personal, en línea o telefónicamente.

Ten cuidado lo que publicas en las redes sociales. En caso de alerta, manten la calma.

E) FRAUDE POR LLAMADA GUBERNAMENTAL FALSA.

Los ciberdelincuentes se hacen pasar por funcionarios de publicos. Solicitan información para agilizar los trámites.

Pero si les devuelves la llamada, el número esta desactivado o responde una contestadora automática.

CONSEJOS

Cuelga el teléfono:

Si te solicitan información personal o financiera.

Cuando te sientes presionado para actuar o decidir.

O si no haz solicitado algún servicio gubernamental.

F) POR LLAMADAS EXTRAÑAS, VISHING O ESTAFA TELEFÓNICA.

También existe el Vishing telefónico, en donde los delincuentes simulan ser empleados de alguna institución para robar tu información.

Advierten a usuarios de cargos extraños en sus cuentas bancarias.

Solicitan comprobar o proporcionar información personal y financiera. (Nombre completo, NIP, número de tarjeta bancaria, etc.)

Utilizando tu información para hacer estafas comprando bienes o servicios online.

CONSEJOS

No respondas mensajes o llamadas de desconocidos.

Si tienes dudas llama a los numeros de teléfono de atención que aparecen en tus estados de cuenta.

Desconfía de quien pida información personal y financiera.

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G) PHISHING.

En el PHISHING consiste en engañar al usuario para ganarse su confianza a conducirla a acciones para lograr el fraude.

El defraudador se hace pasar por una institución financiera; con un mensaje te indica un supuesto error en tu cuenta bancaria, y al ingresar tus datos, obtienen tu información confidencial como: número de tarjeta, clave, datos de cuentas bancarias, contraseñas, etc.

H) POR SMISHING.

Smishing. Es un mensaje SMS a tu teléfono móvil con la finalidad de que visites una página web fraudulenta y así obtener tu información bancaria para realizar transacciones en tu nombre.

I) FRAUDE POR SPAM O CORREO BASURA.

Correo basura o SPAM. Te invita a visitar una página o descargar algún archivo; por lo general es un virus que roba la información de tu dispositivo.

De igual manera, puedes conocer algunos rasgos de una pagina web falsa:

1.- La conexión no es segura.

4.- Rastrea tu ubicación.

7.- Tiene errores de programación.

10.- El aviso de privacidad no tiene nada o se desvincula.

13.- Intereses bajos.

2.- Puede tener https o no.

5.- Préstamos atractivos y sin requisitos.

8.- Las redes sociales son falsas.

11.- Sus comentarios son extraños.

14.- Hay faltas de ortografía.

3.- Su url tiene extensiones largas y sin sentido.

6.- Su Contacto esta muy expuesto.

9.-Tiene reguladores financieros y no financieros.

12.- Promociones tentadoras.

15.- La pagina tienen colores extraños.

Las victimas de la estafa o fraude pueden hacer una querella en la fiscalia mas cercana. Los resultados de los casos relacionados con el ciberdelito, son de pronóstico reservado.

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HERRAMIENTAS WEB CONTRA EL CIBERDELITO.

Existen infinidad de empresas reconocidas mundialmente creadoras de software específico contra el ciberdelito:

 

AVAST.

 

KASPERSKY.

 

NORTON

 

Otros.

 

https://youtu.be/FowjgDAtkGw

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Otros temas:

¿ COMO DEFENDERSE DE LA FINANCIERAS ?

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