Te presentamos un formato, formulario, plantilla, machote o ejemplo de escrito para exhibir pliego de posiciones para el desahogo de la prueba confesional ofrecida en un juicio civil, mercantil o familiar y formato de pliego de posiciones anexo. Esperamos te sea de utilidad. Abajo podrás descargarlo como docx word para su redacción final por tu parte.
Inicio del formato: » EXP. ____.
ACTOR:_______________
VS
DEMANDADO:_____________
JUICIO:______________
SECRETARIA_______
PROMOCION___________
C. JUEZ
P R E S E N T E
, promoviendo por mi propio derecho y con la personalidad reconocida en autos; ante Usted con el debido respeto comparecemos para exponer:
Que vengo por medio del presente escrito a exhibir el pliego de posiciones que deberá absolver _____ en la prueba confesional a su cargo.
Por lo expuesto y fundado;
A USTED C. JUEZ ATENTAMENTE PIDO:
ÚNICO: Acordar de conformidad lo solicitado.
PROTESTO LO NECESARIO.
_______ a ___del mes de ____ del año____
C.____
PLIEGO DE POSICIONES.
EXP. ____.
ACTOR:_______________
VS
DEMANDADO:_____________
JUICIO:______________
SECRETARIA_______
PLIEGO DE POSICIONES
PLIEGO DE POSICIONES QUE DEBERÁ ABSOLVER EL C. ___ EN LA PRUEBA CONFESIONAL A SU CARGO, EN EL JUICIO AL RUBRO INDICADO.
DIRÁ SUS GENERALES Y LA PROTESTA DE LEY.
DIRÁ SI ES CIERTO COMO LO ES:
1.-
2.-
3.-
CIUDAD DE __ ESTADO DE ___ A __ DEL MES DE__ DEL AÑO___» Fin del formato.
SI ES LO QUE BUSCABAS PUEDES DESCARGARLO COMO DOCX WORD ABAJO.
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Registro digital: 2018782
Instancia: Primera Sala
Décima Época
Materias(s): Civil
Tesis: 1a./J. 63/2018 (10a.)
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Libro 61, Diciembre de 2018, Tomo I, página 233
Tipo: Jurisprudencia
PRUEBA CONFESIONAL EN EL JUICIO ORAL MERCANTIL. DEBE DECLARARSE DESIERTA CUANDO EL OFERENTE NO HAYA EXHIBIDO PLIEGO DE POSICIONES Y LA PERSONA QUE HA DE ABSOLVER POSICIONES, SIN JUSTIFICACIÓN, NO COMPAREZCA A LA AUDIENCIA DE DESAHOGO.
Del artículo 1390 Bis 41 del Código de Comercio, reformado mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de enero de 2012, se advierte que la exhibición del pliego de posiciones de manera previa a la diligencia de desahogo de la prueba confesional constituye una carga procesal del oferente de la prueba, cuyo incumplimiento impide al juzgador tener por confesa a la parte que, de forma injustificada, no asista a absolver las posiciones. Ahora bien, del proceso legislativo que culminó con la reforma de ese precepto, se advierte que el legislador, ante la omisión del oferente de exhibir el pliego cerrado de posiciones, no previó la posibilidad de que se le diera la oportunidad de formular posiciones de forma oral; menos aún que, no obstante esa omisión, se declarara confesa a la parte que no compareció. Por tanto, cuando en un juicio oral mercantil el oferente de la prueba no exhibe de manera precautoria antes de la audiencia un pliego cerrado que contenga posiciones y la parte que ha de declarar no se presenta, la prueba confesional debe declararse desierta ante la ausencia de posiciones que puedan calificarse de legales.
Contradicción de tesis 199/2018. Entre las sustentadas por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito y el Octavo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito. 17 de octubre de 2018. La votación se dividió en dos partes: mayoría de cuatro votos por la competencia. Disidente: José Ramón Cossío Díaz. Unanimidad de cinco votos en cuanto al fondo, de los Ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, José Ramón Cossío Díaz, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Norma Lucía Piña Hernández. Ponente: Norma Lucía Piña Hernández. Secretario: Melesio Ramos Martínez.
Tesis y criterio contendientes:
El emitido por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito, al resolver el amparo directo 581/2013, que dio origen a la tesis aislada VI.2o.C.47 C (10a.), de título y subtítulo: “PRUEBA CONFESIONAL EN EL JUICIO ORAL MERCANTIL. DEBE DECLARARSE DESIERTA SI EL DEPONENTE NO COMPARECE A LA AUDIENCIA RESPECTIVA Y EL OFERENTE NO EXHIBIÓ, PREVIAMENTE, EL PLIEGO DE POSICIONES.”, publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 9, Tomo III, agosto de 2014, página 1914, con número de registro digital: 2007198.
El emitido por el Octavo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, al resolver el amparo directo 282/2018-II, en el que consideró que de una interpretación del artículo 1390 Bis 41 del Código de Comercio, se advertía que cuando en un juicio oral mercantil el oferente de la prueba confesional no exhibe antes de la audiencia de desahogo el pliego cerrado que contenga las posiciones que deben formularse, no debe declararse desierta la prueba, sino declararse confesa fictamente a la persona que debía absolver posiciones; ello dado que el oferente de la prueba puede articular posiciones de forma oral en el momento de la audiencia, pues la exhibición del pliego cerrado de posiciones constituye una facultad del oferente, no una obligación.
Tesis de jurisprudencia 63/2018 (10a.). Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada de veintiuno de noviembre de dos mil dieciocho.
Esta tesis se publicó el viernes 07 de diciembre de 2018 a las 10:19 horas en el Semanario Judicial de la Federación y, por ende, se considera de aplicación obligatoria a partir del lunes 10 de diciembre de 2018, para los efectos previstos en el punto séptimo del Acuerdo General Plenario 19/2013.