FUERO PRESIDENCIAL. El 19 de febrero del 2021, se público en el Diario Oficial de la Federación, la reforma a los artículos 108 y 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Méxicanos, que determina los casos para proceder al desafuero del Presidente de la República.
Artículo 108. …
Durante el tiempo de su encargo, el Presidente de la República podrá ser imputado y juzgado por traición a la patria, hechos de corrupción, delitos electorales y todos aquellos delitos por los que podría ser enjuiciado cualquier ciudadano o ciudadana.
Artículo 111. …
…
Para proceder penalmente contra el Presidente de la República, sólo habrá lugar a acusarlo ante la Cámara de Senadores en los términos del artículo 110. En este supuesto, la Cámara de Senadores resolverá con base en la legislación penal aplicable.
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