EL CURP AL 2021

El 18 de Octubre del 2021, se publicó en el D.O.F. el Decreto que determina las normas para la expedición del CURP (Clave Unica del Registro de Población).

Contenido legal a partir de Octubre del 2021 en adelante.

La asignación del CURP se expedirá para las siguientes personas:

 

1.- Constancia de CURP para personas mexicanas.

a) Personas Mexicanas por Nacimiento.

b) Para personas con Discapacidad.

c) Personas Mexicanas por Naturalización.

 

2.- Constancia Temporal para Personas Mexicanas Repatriadas.

3.- Constancia Temporal para Personas Extranjeras.

4.- Curp para personas extranjera.

a) Tramite ante la COMAR (Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados).

b) Trámite ante el INM (Instituto Nacional de Migración).

 

5. Constancia de CURP inactivo por defunción.

a) Para personas mexicanas.

b) Para personas extranjeras.

 

6.- CONSTANCIA DE CURP INACTIVA POR PRESUNCIÓN DE MUERTE.

a) Para personas mexicanas.

b) Para personas extranjeras.

 

VER DECRETO COMPLETO.

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