Conforme al artículo 25 de la Ley Federal de Cinematografía de México las películas se clasifican de la siguiente manera:
I.- «AA»: Películas para todo público que tengan además atractivo infantil y sean comprensibles para
niños menores de siete años de edad.
II.- «A»: Películas para todo público.
III.- «B»: Películas para adolescentes de doce años en adelante.
IV.- «C»: Películas para adultos de dieciocho años en adelante.
V.- «D»: Películas para adultos, con sexo explícito, lenguaje procaz, o alto grado de violencia.
Las clasificaciones «AA», «A» y «B» son de carácter informativo, y sólo las clasificaciones «C» y «D», debido a sus características, son de índole restrictiva, siendo obligación de los exhibidores negar la entrada a quienes no cubran la edad prevista.