CLASIFICACIÓN LEGAL DE LAS PELÍCULAS.

Conforme al artículo 25 de la Ley Federal de Cinematografía de México las películas se clasifican de la siguiente manera:


I.- “AA”: Películas para todo público que tengan además atractivo infantil y sean comprensibles para
niños menores de siete años de edad.
II.- “A”: Películas para todo público.
III.- “B”: Películas para adolescentes de doce años en adelante.
IV.- “C”: Películas para adultos de dieciocho años en adelante.
V.- “D”: Películas para adultos, con sexo explícito, lenguaje procaz, o alto grado de violencia.


Las clasificaciones “AA”, “A” y “B” son de carácter informativo, y sólo las clasificaciones “C” y “D”, debido a sus características, son de índole restrictiva, siendo obligación de los exhibidores negar la entrada a quienes no cubran la edad prevista.

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