VIOLENTÓMETRO

VIOLENTÓMETRO DISEÑADO POR EL INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL (IPN) QUE PODRÁ SER COMPARTIDO SIN FINES DE LUCRO, OBTENIDO DE UNA ENCUESTA HECHA A 14,000 ESTUDIANTES.

violentómetro Tabla sobre la violencia

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Señales de alerta que pueden indicar la presencia de violencia en una relación de pareja:

EtapaSeñales de alerta
NegaciónLa persona agresora niega que existe violencia en la relación.
TensiónAumento de discusiones y conflictos constantes.
ExplosiónAgresiones verbales, físicas o sexuales.
RemordimientoLa persona agresora se arrepiente de su comportamiento violento y promete no volver a repetirlo.
ReconciliaciónLa pareja se reconcilia y se busca una solución a los problemas de la relación.
Calma AparenteLa relación parece haberse estabilizado y la tensión ha disminuido, pero la violencia puede volver a ocurrir en cualquier momento.

Es importante tener en cuenta que estas señales de alerta son solo indicativas y que cada caso de violencia en la pareja puede presentarse de manera diferente. Si sospechas que tú o alguien que conoces está en una relación violenta, es importante buscar ayuda de profesionales capacitados para manejar esta situación de manera segura y efectiva.

Jurisprudencia sobre violencia contra la mujer.

Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Registro digital: 2010006
Instancia: Pleno
Décima Época
Materias(s): Constitucional, Penal
Tesis: P. XVIII/2015 (10a.)
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Libro 22, Septiembre de 2015, Tomo I, página 241
Tipo: Aislada

VIOLENCIA CONTRA LA MUJER. OBLIGACIONES POSITIVAS DE CARÁCTER ADJETIVO QUE DEBE CUMPLIR EL ESTADO MEXICANO.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha establecido que la obligación de investigar las violaciones a los derechos humanos debe ser asumida por el Estado como un deber jurídico propio y no como una simple formalidad condenada de antemano a ser infructuosa, o como una mera gestión de intereses particulares, que dependa de la iniciativa procesal de las víctimas o de sus familiares, o de la aportación privada de elementos probatorios. En esa tesitura, por lo que hace a las investigaciones de los casos de violencia contra la mujer, resulta menester que:

(I) la declaración de la víctima se realice en un ambiente cómodo y seguro, que le brinde privacidad y confianza;

(II) dicha declaración se registre de forma que se evite o limite la necesidad de su repetición;

(III) se brinde atención médica, sanitaria y psicológica a la víctima, tanto de emergencia como de forma continuada si así se requiere, mediante un protocolo de atención cuyo objetivo sea reducir las consecuencias de la violación;

(IV) se realice inmediatamente un examen médico y psicológico completo y detallado por personal idóneo y capacitado, en lo posible del sexo que la víctima indique, ofreciéndole que sea acompañada por alguien de su confianza, si así lo desea;

(V) se documenten y coordinen los actos investigativos y se maneje diligentemente la prueba, tomando muestras suficientes, realizando estudios para determinar la posible autoría del hecho, asegurando otras pruebas como la ropa de la víctima, la investigación inmediata del lugar de los hechos y garantizando la correcta cadena de custodia; y,

(VI) se brinde a la víctima asistencia jurídica gratuita durante todas las etapas del proceso.

Varios 1396/2011. 11 de mayo de 2015. Mayoría de ocho votos de los Ministros José Fernando Franco González Salas, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, quien reservó su derecho a formular voto concurrente, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Juan N. Silva Meza, Eduardo Medina Mora I., Olga Sánchez Cordero de García Villegas, Alberto Pérez Dayán y Luis María Aguilar Morales; votó en contra José Ramón Cossío Díaz. Ausentes: Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Margarita Beatriz Luna Ramos. Ponente: Alberto Pérez Dayán. Secretario: Isidro E. Muñoz Acevedo.

El Tribunal Pleno, el siete de septiembre en curso, aprobó, con el número XVIII/2015 (10a.), la tesis aislada que antecede. México, Distrito Federal, a siete de septiembre de dos mil quince.
Esta tesis se publicó el viernes 25 de septiembre de 2015 a las 10:30 horas en el Semanario Judicial de la Federación.

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